abogado incapacidad permanente Zaragoza, Huesca, Teruel.
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Abogado especialista en Incapacidad Laboral en Zaragoza
Abogado especialista en Incapacidad Laboral en Zaragoza

 

¿Cómo se realiza la valoración del Grado de Discapacidad?

 

Se precisa que la persona que quiera ser valorada acuda personalmente a un Centro de Atención a la Discapacidad del IASS, dado que allí se aplica por parte de un Equipo Multiprofesional denominado Equipo de Valoración y Orientación ubicado en el Centro de Atención a la Discapacidad del IASS, un baremo de valoración uniforme, para todo el territorio nacional (establecido por Real Decreto 1971/1999 de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad).

 

Esta valoración y calificación, que es uniforme a las tres provincias aragonesas y a la realizada en todo el territorio del Estado, garantiza con ello la igualdad de condiciones para el acceso del ciudadano a los beneficios, derechos económicos y servicios que los organismos públicos otorguen. Para determinar el Grado de Discapacidad se aplica un baremo de contenido clínico para determinar la Discapacidad y un baremo de contenido social; este último de carácter complementario.

 

Para las personas que no puedan desplazarse por motivo de importante restricción de su movilidad, la valoración se podrá realizar con los informes que hayan aportado y con un justificante médico que acredite la imposibilidad de presentarse en el Centro de Atención a la Discapacidad.

 

BAREMO

 

--  Cuando el porcentaje obtenido en la valoración de la Discapacidad, alcance al menos el 25 por 100, se le sumará la puntuación obtenida en el baremo de factores sociales complementarios, sin que ésta pueda sobrepasar los 15 puntos.

 

--  Si el Grado de Discapacidad alcanzado es de 75% o más, se activa el reconocimiento del grado de dependencia para determinar la necesidad del concurso de tercera persona para realizar los actos más esenciales de la vida, a que se refieren los artículos 148 y 186 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y reconocer el derecho a un complemento de pensión en su modalidad no contributiva.

 

En este mismo trámite se reconocerá también la existencia de dificultades de movilidad para utilizar transportes colectivos a que se refiere el párrafo b) del artículo 25 del Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero.

 

Se considerará la existencia de tal dificultad siempre que las dificultades apreciadas se encuentren incluidas en alguna de las situaciones descritas en los apartados A), B) o C) del baremo o, aun no estándolo, cuando obtenga un mínimo de 7 puntos por encontrarse en alguna de las situaciones recogidas en los restantes apartados del citado baremo.

 

El reconocimiento del Grado de Discapacidad tiene efectos a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

 

 

¿Dónde presentar la documentación?

 

  • Direcciones Provinciales del IASS.
  • Centros de Atención a la Discapacidad del IASS.
  • Centros de Servicios Sociales.
  • Unidades de Registro del Gobierno de Aragón.

 

¿Cómo es el proceso de valoración?

 

Una vez que se compruebe que la documentación presentada es correcta:

 

  • El Centro de Atención a la Discapacidad correspondiente comunicará al solicitante la fecha y la hora y el lugar donde debe presentarse para realizar la valoración, reconocimiento o pruebas pertinentes.

 

  • Para la culminación de la valoración, el Equipo de Valoración y Orientación del Centro Atención a la Discapacidad puede solicitar más información o solicitar las pruebas que considere necesarias y oportunas, y así mismo podrá recabarlas de servicios ajenos.

 

¿Dónde se realiza la valoración?

 

  • Centros Atención a la Discapacidad Huesca
  • Centros Atención a la Discapacidad Teruel
  • Centros Atención a la Discapacidad Zaragoza

 

Nota importante: las personas con las distintas situaciones de incapacidad laboral emitida por el INSSya tienen por ley (Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social) reconocido el 33%; en el caso de que la persona incapacitada laboralmente, quiera saber si la valoración de reconocimiento de grado de discapacidad del IASS es superior a este 33%, tendría que solicitar de nuevo su valoración a través del Formulario de solicitud de reconocimiento de grado de discapacidad (consultar el apartado de "Documentación obligatoria" que aparece al principio de la página.

 

Procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del Grado de Minusvalía
Procedimiento para reconocimiento, decla[...]
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(Fuente: Gobierno de Aragón)

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